lunes, 27 de octubre de 2008

ESTATUTOS - CAPÍTULO I

ESTATUTOS LOS VERDEÑOS

CAPÍTULO I
DE LA ASOCIACIÓN EN GENERAL.



Artículo 1º - Denominación.
Con la denominación de “LOS VERDEÑOS” Asociación de Vecinos de La Verdellada, se constituye sin ánimo de lucro, como entidad pública y de participación ciudadana esta entidad que se regirá por lo dispuesto en el artículo 22 de la Constitución Española, la Ley Orgánica 1/2002, de 22 de marzo, reguladora del Derecho de Asociación, la Ley 4/2003, de 28 de febrero, de Asociaciones de Canarias, demás disposiciones complementarias, por los presentes Estatutos y demás normativas internas y externas aplicables.


Artículo 2º - Personalidad Jurídica.
La Asociación dispondrá, y de tal manera se constituye, de personalidad jurídica propia y capacidad de obrar plena para adquirir, poseer y distribuir toda clase de bienes, celebrar contratos, crear y fomentar cooperativas de servicios, etc., independientemente de cada uno de sus miembros y por medio de acuerdos de sus máximos órganos de expresión (Asamblea General), estando sujeta a cuanto determine la Constitución Española y leyes estipuladas en el artículo anterior y la legislación vigente en materia de reunión, asociación, sometiéndose además al Régimen Interno, redactado por la Junta Directiva que tendrá que ser aprobado por la Asamblea General.


Artículo 3º - Declaración de Orígenes.
La Asociación asume su papel histórico dentro del barrio de La Verdellada y por consiguiente asume como parte de su propia historia sus anteriores etapas, iniciadas en 1959 como Sociedad de Vecinos del Barrio de La Verdellada, continuada en 1969 como Asociación de Cabezas de Familia del Barrio de La Verdellada, proseguida en 1981 como Asociación de Vecinos “Virgen de Lourdes” hasta su actual y definitiva etapa como “Los Verdeños” Asociación de Vecinos de La Verdellada desde la última fundación legal del año 1997. Así pues, se adopta como fecha del nacimiento de esta asociación y su movimiento, el día 12 de diciembre de 1959, fecha de la primera reunión vecinal de la Sociedad de Vecinos del Barrio de La Verdellada.


Artículo 4º - Logotipo Oficial.
Esta Asociación asume como logotipo propio el escudo popular del barrio de La Verdellada. Dicho emblema reproducido en la página primera de este documento legal presenta la siguiente composición: Escudo de Armas General color gules (rojo puro) propio de la Ciudad de La Laguna sin ningún tipo de inscripción; fondo azul vivo en alusión al azul de las bandas de la Virgen de Lourdes, Patrona Popular de La Verdellada; en el interior en posición vertical la bandera de La Verdellada y sobre esta en tonos ocres y marrones la silueta del molino de viento de la Casa del Barco, símbolo de La Verdellada agrícola del pasado. Sobre el escudo corona marquesal de oro con piedras preciosas, en alusión a los marqueses de Nava y Grimón, a los que se le supone la propiedad de las tierras de La Verdellada en el pasado. Decorando la forma, a ambos lados del blasón dos esbeltas piteras de áloe vera en flor y debajo, en el centro del escudo una áloe vera sin pitera, vegetación típica del actual barranco de La Verdellada.


Artículo 5º - Bandera Oficial.
Esta Asociación también asume como propia la bandera popular del barrio de La Verdellada. Dicha bandera se compone de la siguiente forma: En paño rectangular de 1 por 2 metros, tres franjas horizontales de igual tamaño, blanca en su centro y verde estándar en sus márgenes inferior y superior. En su centro se inserta el escudo popular del barrio de La Verdellada. El blanco de la bandera hace alusión a las flores de los almendros que poblaron la zona y el verde a las uvas verdellas de origen portugués que se cultivaban en la zona y que dieron origen al nombre de La Verdellada.


Artículo 6º - Fines y Actividades.
Los fines y actividades de la asociación son los siguientes:

a) Llevar a efecto la cooperación, unidad y coordinación en el trabajo de todas aquellas personas que defiendan los intereses del barrio de La Verdellada y de sus vecinos y gestionar de las autoridades competentes la adopción de medidas que se consideren han de redundar en beneficio del mismo.

b) Llevar a efecto cuanto sea preciso para la conservación, defensa, mejora, embellecimiento y adecuación de los equipamientos públicos, accesos, zonas verdes y demás instalaciones de carácter comunitario, vecinal y perteneciente a la zona de La Verdellada, así como fomentar el desarrollo sociocultural y de unidad vecinal.

c) Colaborar con cuantos organismos estatales, provinciales, o locales así como con cuantas entidades competentes, para cuanto pueda significar mejora para nuestro ámbito de acción. Ejercer o participar de manera directa en la gestión y mantenimiento de los equipamientos públicos de La Verdellada.

d) Organizar actos culturales, festivos, deportivos, educativos, etc. dirigido a los socios/as o a la población en general de carácter abierto y público.

e) Potenciar, exaltar, proteger y enriquecer la idiosincrasia, la tradición y todo orgullo sano y cultural del pueblo de La Verdellada que suponga parte de su identidad como tal. Proteger y exaltar los símbolos de la identidad histórica, artística y cultural del Pueblo de La Verdellada.

f) Mancomunar servicios, ideas, cursos, etc. con otras asociaciones por medio de federaciones u otros medios de coordinación democrática y representativa. Colaborar con otras Asociaciones; Federaciones; Confederaciones en la consecución de los objetivos comunes que se crean beneficiosos para estos fines.

g) Representar, defender y coordinar en los ámbitos territoriales que procedan, los intereses y actividades de los socios/as de esta Asociación. Asesorar, ayudar y colaborar con los socios/as en las acciones personales de calado social que estos realicen en mejora de sus condiciones de vida.

h) Promover actuaciones y realizar estas en materia de mejoras sociales, en sanidad, viviendas, educación, participación ciudadana, mujer, juventud, mayores, en beneficio de las condiciones de vida de los socios/as de esta asociación y de los vecinos del barrio de La Verdellada, del municipio de La Laguna o de las Islas Canarias en general.

i) Lograr la creación de canales de comunicación y medios de este tipo para lograr una mejor comunicación vecinal y con las instituciones públicas y privadas.

j) Defender todas las actuaciones precisas que se consideren beneficiosas para la defensa del Medio Ambiente; Patrimonio Histórico y Arqueológico; y respeto y mejora de la identidad de los pueblos y sus tradiciones. Emprender acciones democráticas de protesta, manifestación o apoyo a las causas que se consideren han de redundar en beneficio o defensa de los intereses del pueblo en general.

k) Potenciar y asumir mediante una Comisión de Fiestas especifica y pública, la organización de las Fiestas Patronales del Barrio de La Verdellada en honor de Nuestra Señora de Lourdes, a celebrar anualmente entre los meses de julio y agosto, coincidiendo el día grande con el primer domingo de agosto, o colaborar con la comisión que se cree para ello en caso de ser independiente a la asociación.

l) Premiar, condecorar o felicitar por los medios que se consideren oportunos las acciones que redunden en beneficio del pueblo y de la democracia. En este caso se podrán crear las medallas, los títulos personales o colectivos, premios o insignias que se consideren oportunas, así como los títulos honoríficos y perpetuos de “Hijo Predilecto” o “Hijo Adoptivo” del Barrio de La Verdellada, que esta asociación asume como propio que podrán ser concedidos según lo que estipule el reglamento de distinciones y honores o de protocolo de Los Verdeños que se deberá de aprobar al efecto.

m) Apoyar las acciones, programas o propuestas populares, políticas, religiosas, sociales, etc, que se consideren pueden redundar en beneficio del interés común del barrio de La Verdellada y su entorno próximo, la naturaleza, los asuntos sociales, el trabajo, la dignidad de las personas o los derechos humanos y animales.

n) Serán también fines de la asociación todos aquellos que apruebe la Asamblea General y que se ajusten a la legislación vigente sin contradecir los ahora expuestos, los cuales, para evitar modificaciones innecesarias de los presentes estatutos, podrán ser incluidos en el Reglamento de Régimen Interno de la Asociación.


Artículo 7º - Domicilio Social.
El domicilio social de la asociación (local-sede) se establece en el Centro Ciudadano de La Verdellada; C/ Francisco Afonso Carrillo nº 49, Plaza Mayor. 38207 San Cristóbal de La Laguna, en la Provincia de Santa Cruz de Tenerife. Pudiéndose cambiar este por acuerdo de la Junta de Gobierno.


Artículo 8º - Ámbito Territorial y Duración.
El ámbito de acción territorial de “Los Verdeños” se suscribe a la Comunidad Autónoma de Canarias. La duración de esta asociación se estable por tiempo indefinido y su disolución se establecerá por los procedimientos y motivos indicados en los presentes Estatutos.

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